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2022-12-21 08:44:47

La Vicepresidencia en la Constitución Nacional

El Vice es quien “reemplaza al Presidente de la Nación en caso de enfermedad, ausencia del país, muerte, renuncia o destitución”

Por Alejandra Dománico
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En nuestra historia política reciente hemos tenido situaciones donde se siguió gobernando sin Vicepresidente, (el caso Duhalde o de Chacho Álvarez), como así otras, con actuaciones de alto impacto como lo fue el “No Positivo” de Julio Cobos que dejo sin efecto la Resolución 125 (en Julio del 2008).


¿Qué lugar y función le otorga la Constitución a la Vicepresidencia?

Podemos decir que lo considera un alto funcionario, ocupándose de su figura en la Sección del Poder Ejecutivo, por eso se lo considera dentro de ese ámbito,  pero con la salvedad que no es el Ejecutivo ya que éste es “unipersonal” ("El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado  por “un” ciudadano con el título de Presidente de la Nación Argentina”- art. 87 C.N.-).


El texto constitucional expresamente en su artículo 88 dice que el Vice es quienreemplaza al Presidente de la Nación en caso de enfermedad, ausencia del país, muerte, renuncia o destitución. No prevé el reemplazo del vicepresidente en caso que sea este quien deje el cargo a diferencia de otras autoridades, como senadores, diputados, ministros de la Corte, Magistrados y el mismo Presidente.

En el artículo 57 se le otorga la Presidencia del Senado, pero sin voto, salvo en caso que haya empate. Con ello queda claro que está excluida de la función legislativa, y el Reglamento interno, agrega: “El presidente del Senado (el vicepresidente de la nación, no discute ni opina sobre el asunto que se delibera, solo vota en caso de empate ...”.  “...En caso de empate, se debe abrir a una nueva discusión y si al volver a votar se mantiene el empate, el voto del presidente del Senado (vicepresidente) decide...”

Dura en sus funciones al igual que el presidente cuatro años y "...podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período", dice el art. 90.

Algunos doctrinarios afirman que la Vicepresidencia tiene una función estratégica  como nexo entre Poderes ya que preside el Senado y reemplaza al Presidente.

Como dato de color, en la Historia, se recuerdan, en época de la Confederación, a Salvador María del Carril como el primer vicepresidente luego de la Constitución de 1853 en presidencia de Urquiza; José María Paz, que muriere durante el ejercicio de su función como vicepresidente de Mitre; a quienes renunciaron recientemente como Eduardo Duhalde en el 1991 para asumir la gobernación de la provincia de Buenos Aires o Chacho Álvarez por diferencias, a su decir, irreconciliable con el Presidente Fernando de la Rúa (2000). También a quienes debieron asumir la presidencia por renuncia o muerte del Presidente como Carlos Pellegrini (por renuncia de Juárez Celman) José E. Uriburu (renuncia de Luis Sáenz Peña), Figueroa Alcorta (por fallecimiento de Miguel Quintana) y Estela Martínez de Perón (por fallecimiento de Juan Domingo Perón).

(*) Abogada, delegada provincial de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina, juez de Paz letrada, integrante de la comisión directiva de Conciencia San Juan


Fuente: Nuevo Mundoedición 636 del 20 de diciembre de 2022